Portal de Transparencia
Les damos la bienvenida al Portal de Transparencia de la Universidad Nacional del Chaco Austral (UNCAUS)
La Universidad Nacional del Chaco Austral cumple con la N° Ley 27.275 de Acceso a la Información Pública, que tiene por objetivo garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública.
En su artículo 32 la ley establece la obligación de publicar activamente información de manera clara, estructurada y entendible, procurando remover toda barrera que obstaculice o dificulte su reutilización por parte de terceros y permitiéndole a la ciudadanía conocer qué hace el Estado.
Para conocer más sobre la temática de transparencia gubernamental y el porqué de su importancia se desarrolló un sitio con información.
En cumplimiento de la Ley N.º 27.275 de Derecho de Acceso a la Información Pública, la UNCAUS garantiza la transparencia activa en su gestión y promueve el acceso libre y gratuito a la información pública, fortaleciendo los principios de publicidad, participación y rendición de cuentas.
La Universidad Nacional del Chaco Austral es persona jurídica de derecho público con autonomía institucional, académica y autarquía económico-financiera creada por Ley 26.335 sancionada en el año 2007.
Tiene como misión primaria contribuir a través de la producción y distribución de conocimiento y de innovaciones científico-tecnológicas, al desarrollo económico, social y cultural de la región, a fin de mejorar su calidad de vida y fortalecer los valores democráticos en el conjunto de la sociedad, articulando el conocimiento universal con los saberes producidos por nuestra comunidad.
La Universidad debe priorizar la articulación y cooperación entre los distintos productores del saber, transformar la información en conocimiento y en su tarea hermenéutica y axiológica, atender las demandas sociales.
La universidad asegura la libertad académica, la igualdad de oportunidades, la carrera docente promueve la corresponsabilidad de todos los miembros de la comunidad universitaria, así como la convivencia plural de corrientes, teorías y líneas de pensamiento en búsqueda permanente de la excelencia académica y la gestión democrática.
La Formación Profesional, la actualización, la especialización y la formación continua son objetivos permanentes de la Universidad Nacional del Chaco Austral.
La Universidad Nacional del Chaco Austral tiene una amplia oferta académica en carreras de pregrado, grado y posgrado, así como también diplomaturas, cursos de capacitación y talleres, tanto en modalidad presencial como virtual.
Los Departamentos de Ciencias Sociales y Humanísticas y de Ciencias Básicas y Aplicadas de la Universidad Nacional del Chaco Austral nutren de docentes e investigadores a las distintas carreras, diplomaturas y cursos que se dictan en la institución.
Podés acceder a toda la información sobre los servicios y actividades de la Universidad ingresando a la página principal de la UNCAUS.

AUTORIDADES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CHACO AUSTRAL
RECTOR: Abog. Germán Eduardo Oestmann DNI N° 30.399.85, elegido según Acta de Sesión Especial de la Asamblea Universitaria 01/2023.
VICERRECTOR: Abog. Manuel Guillermo García Solá DNI N° 11.016.478, designado según Acta de Sesión Especial de la Asamblea Universitaria 01/2023.
SECRETARIO ADMINISTRATIVO: Abog. Lucas Óscar Antonio Stegagnini DNI N° 31.872.081, según Res. 497/18-R.
SECRETARIO ACADÉMICO: Abog. Manuel Alejandro Ricardone DNI N° 29.767.879, según Res. 112/18-R.
SECRETARIO DE COOPERACIÓN Y SERVICIOS PÚBLICOS: Farm. Néstor Hugo Dudik DNI N° 23.138.001, según Res. 108/2020-R.
SECRETARIA DE INVESTIGACIÓN, CIENCIA Y TÉCNICA: Ing. Mara Cristina Romero DNI N° 26.499.075, según Res. 855/2021-R.
SECRETARIO DE BIENESTAR ESTUDIANTIL: Ing. Héctor Daniel Barrionuevo DNI N° 16.954.299, según Res. 294/2020-R.
DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO DE CIENCIAS BÁSICAS Y APLICADAS: Ing. Nora Beatriz Okulik DNI N°13.571.568, según Res. 644/2025-C.S.
DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANÍSTICAS: Abog. Jorge Eduardo Alcántara DNI N° 17.960.213 según Res. 645/2025-C.S.
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CHACO AUSTRAL PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE
TOTAL DE PERSONAL DOCENTE: 776
TOTAL DE PERSONAL NO DOCENTE: 230
Las autoridades de la Universidad Nacional del Chaco Austral deben presentar anualmente ante la Oficina Anticorrupción sus Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales, en cumplimiento del artículo 5° incisos l) y m) de la Ley de Ética Pública N° 25.188. El 100% de los funcionarias y funcionarios de la UNCAUS cumplen con la obligación de presentar sus declaraciones juradas en tiempo y forma.
Las mismas pueden ser consultadas en la página oficial de la Oficina Anticorrupción realizando un trámite totalmente gratuito.
https://www.argentina.gob.ar/servicio/consultar-declaraciones-juradas-de-funcionarios-publicos
Aquí se puede encontrar la información relativa al presupuesto de la Universidad Nacional del Chaco Austral.
PRESUPUESTO NACIONAL
Para consultar el presupuesto nacional para las universidades nacionales para el año en curso -2025- se puede consultar el siguiente link del Ministerio de Economía de la Nación.
Para consultar el presupuesto nacional de las universidades nacionales correspondiente al año 2024 se puede consultar el siguiente link del Ministerio de Economía de la Nación.
Para consultar el presupuesto nacional de las universidades nacionales correspondiente al año 2023 se puede consultar el siguiente link del Ministerio de Economía de la Nación.
PRESUPUESTO UNCAUS
La Universidad Nacional del Chaco Austral cuenta con un sistema de Becas de Comedor para que los alumnos puedan acceder a un almuerzo diario de lunes a viernes, según Res. 035/2020-C.S.
El área de compras lleva a cabo, entre otras, las funciones de coordinación y ejecución de procedimientos de compras, de acuerdo a la normativa vigente y a través de Sistema de Información Universitario (SIU DIAGUITA), con el objetivo de abastecer las necesidades requeridas por las distintas Dependencias de la Universidad.
Las universidades nacionales tienen sistemas de control externo e interno de su actividad. El primero de ellos está a cargo de la Auditoría General de la Nación, organismo con rango constitucional que asiste al Poder Legislativo en el control externo de la administración pública nacional.
CONTROL EXTERNO
Conforme lo establecido en el art. 59 bis de la Ley N° 24.521 de Educación Superior, “el control administrativo externo de las instituciones de educación superior universitarias de gestión estatal es competencia directa e indelegable de la Auditoría General de la Nación…”.
En consonancia con lo expresado, el art. 85 de la Constitución Nacional, DE LA AUDITORÍA GENERAL DE LA NACIÓN, estipula que “El control externo del sector público nacional en sus aspectos patrimoniales, económicos, financieros y operativos, será una atribución propia del Poder Legislativo. El examen y la opinión del Poder Legislativo sobre el desempeño y situación general de la administración pública están sustentados en los dictámenes de la Auditoría General de la Nación…tendrá a su cargo el control de legalidad, gestión y auditoría de toda la actividad de la administración pública centralizada y descentralizada, cualquiera fuera su modalidad de organización…intervendrá necesariamente en el trámite de aprobación o rechazo de las cuentas de percepción e inversión de los fondos públicos.”
Aprobacion_de_informacion_para_AGN.pdf
CONTROL INTERNO
El control interno les corresponde a las propias instituciones universitarias, precisamente por su autonomía y autarquía consagradas en la Constitución Nacional a partir de la reforma constitucional del año 1994, y por las previsiones establecidas en la Ley de Educación Superior N° 24.521, y sus modificaciones introducidas por la Ley de Implementación Efectiva de la Responsabilidad del Estado en el Nivel de Educación Superior N° 27.204 que, expresamente incorporó el Artículo 59 bis a dicha ley.
Que, en tal sentido el Artículo 59 Bis de la Ley N° 24.521 referido al control interno de las universidades nacionales establece que “…todas las instituciones de educación superior universitarias de gestión estatal deben generar mecanismos de auditoría interna que garanticen transparencia en el uso de bienes y recursos”.
La Universidad Nacional del Chaco Austral cuenta con una Unidad de Auditoría Interna creada por Res. 38/2010- R y reglamentada por Res. 239/11-R estableciendo que depende jerárquicamente del Rector de la universidad y está integrada por un Auditor Titular, una Auditoría Legal y una Auditoría Contable, cuyas principales funciones son asesorar a la máxima autoridad de la Universidad sobre los sistemas de control interno de la institución, sugerir y opinar sobre los reglamentos y manuales de procedimientos institucionales sobre sistemas de control interno, implementar un modelo fundado en criterios de economía, eficiencia y eficacia, para hacer efectivo el principio de responsabilidad de las autoridades y funcionarios y la rendición de cuentas de su gestión en el marco de la legalidad y la ética republicana.
La Universidad Nacional del Chaco Austral, por Res. 45/2022 del Consejo Superior de la universidad ha adherido al Acuerdo Plenario 1154/21 del Consejo Interuniversitario Nacional por el cual se recomienda a las Instituciones Universitarias Nacionales que conformen su propio Sistema de Control Interno que regule las estructuras orgánicas, los instrumentos de control, los reglamentos y manuales de procedimiento y la auditoría interna, acorde a la garantía constitucional, los respectivos estatutos universitarios y legislación vigente conforme las pautas y estándares establecidos en la Ley 24.521 y modificatorias, y en la ley 24.156 a la que aquella remite, en lo que resulte aplicable.
En este sentido, por Res. 120/2024-C.S., el Consejo Superior de la Universidad creó el Comité de Control Interno, con el cual se pretende impulsar mejoras en los mecanismos de control interno de la universidad, aportando mayor transparencia a la actividad de la Institución, además de visibilizar y corregir aspectos para un eficiente funcionamiento, garantizar mayor calidad educativa y brindar celeridad en los procedimientos administrativos. Asimismo, por Res. 241/25-CS. se aprobó la propuesta de Reglamento Interno de Funcionamiento del Comité de Control Interno de la Universidad Nacional del Chaco Austral que establece los objetivos, funciones, miembros, reuniones, quorum y procedimiento del mismo.
De este modo, la Universidad Nacional del Chaco Austral reafirma su compromiso con la transparencia, la rendición de cuentas y la mejora continua de su gestión administrativa y académica.
CONVENIO_MARCO_CIN-SIGEN-SECPOLUNIV.pdf
Convenio_Especifico_UNCAUS-SIGEN.pdf

La evaluación institucional en Argentina se presenta como un proceso integral y dinámico que busca mirar hacia adentro de las universidades para proyectar su mejora continua. En esencia, se trata de un ejercicio de reflexión y análisis profundo sobre el quehacer académico, administrativo y social de cada casa de estudios. Su propósito fundamental no es el control punitivo, sino el fortalecimiento de la calidad educativa a través de un diagnóstico real que permita identificar tanto fortalezas por potenciar como debilidades por corregir.
Para lograrlo, el proceso se divide en dos grandes momentos: una autoevaluación, donde la propia comunidad educativa se analiza a sí misma, y una evaluación externa, llevada a cabo por pares académicos y especialistas bajo la coordinación de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU). Todo este andamiaje tiene sustento jurídico en la Ley de Educación Superior N° 24.521, particularmente en sus artículos 44, 45 y 46, que establecen la obligatoriedad de realizar estos procedimientos al menos cada seis años, garantizando así que la autonomía universitaria conviva armoniosamente con la responsabilidad del Estado de asegurar una educación de excelencia para toda la sociedad.
Para la Universidad Nacional del Chaco Austral, la evaluación no es un fin en sí mismo, sino un proceso dinámico y permanente de reflexión sobre nuestro propio quehacer. Evaluar es medir la distancia entre lo que somos y lo que aspiramos a ser, permitiéndonos tomar decisiones basadas en evidencia para garantizar la excelencia académica y la pertinencia social.
Evaluación Interna (Autoevaluación)

En línea con ello, estamos trabajando en nuestro Plan Estratégico Institucional (PEI), para lo cual hemos realizado una encuesta (https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLScBGlNUBXtArIhYGgClnKXao2Ll2q7Nbb3ZGvE7kx6Ly_-8tg/viewform?usp=header) que nos permitió tener una visión preliminar de la percepción de calidad institucional (ver Infografía Semáforo Institucional). A la vez, las respuestas obtenidas nos permitieron identificar formas de participación más convenientes para lograr una conversación colectiva y que el PEI sea el producto de un proceso participativo.

Evaluación Externa (Acreditación)
La Evaluación Externa constituye la instancia de validación pública de nuestra calidad. Consiste en la mirada de expertos ajenos a la institución y del Estado Nacional a través de la CONEAU. Este proceso garantiza que nuestras carreras y nuestra gestión institucional cumplan con los estándares establecidos a nivel nacional. Hasta mayo de 2026, nuestra institución cuenta con 24 carreras acreditadas y tres en trámite.

Resultados de Acreditación (2020 - 2025)
Abogacía - RESFC-2022-515-APN-CONEAU#ME.pdf
Ciencias Veterinarias - Acta 529 - IF-2020-53131619-APN-CONEAU%23ME.pdf
Contador Público - Presencial - RESFC-2021-424-APN-CONEAU#ME.pdf
Contador Público a Distancia - RESFC-2022-314-APN-CONEAU#ME.pdf
Contador Público a Distancia - RESFC-2026-86-APN-CONEAU#MCH - extiende la acreditación.pdf
Ingeniería Agronómica - Acta 529 - IF-2020-53131603-APN-CONEAU%23ME.pdf
Ingeniería en Alimentos Res159-14.pdf
Ingeniería en Sistemas de Información-RESFC-2019-150-APN-CONEAU#MECCYT.pdf
Ingeniería Industrial - Res CONEAU 145-14.pdf
Ingeniería Química Res140-14.pdf
Ingeniería Zootecnia - RESFC-2019-613-APN-CONEAU#MECCYT.pdf
Licenciatura en Biotecnología - RESFC-2019-290-APN-CONEAU#MECCYT.pdf
Licenciatura en Enfermería - Acta 602 - IF-2023-148393417-APN-CONEAU#ME.pdf
Licenciatura en Psicología - Acta 565 - IF-2022-45764677-APN-CONEAU%23ME.pdf
¿Qué es una solicitud de acceso a la información?
Es el procedimiento mediante el cual cualquier persona puede pedir que se le brinde información en poder del Estado y/o cualquiera de los sujetos obligados, generada, obtenida o financiada con fondos públicos. Tené en cuenta que existen algunas excepciones.
https://www.argentina.gob.ar/justicia/derechofacil/leysimple/acceso-la-informacion-publica#titulo-3
¿POR QUÉ MEDIOS PUEDO REALIZAR UNA SOLICITUD?
- ● De manera presencial en la Mesa de Entradas de la Universidad.
- ● Mediante el aplicativo de Tramites a Distancia (TAD) https://www.argentina.gob.ar/solicitar-informacion-publica.
- ● A través de un correo electrónico al Responsable de Acceso a la Información Pública (RAIP) Contáctate con la persona Responsable de Acceso a la Información Pública:
- ● Nombre y Apellido: Lucas Óscar Antonio Stegagnini.
- ● Correo electrónico: transparencia@uncaus.edu.ar
- ● Teléfono: 1139893283.
Acércate a la Mesa de Entradas de la Universidad Nacional del Chaco Austral:
Dirección: Comandante Fernández N° 755, Pcia. R. Sáenz Peña- Chaco
Código postal: 3700
Horario de atención: de 07.00 a 13.00 hs. de lunes a viernes.
Teléfono: 1139893283
Enlace al mapa: https://maps.app.goo.gl/fcQgJFEy1g3CvvcB9
¿CUÁL ES EL PLAZO PARA QUE TE RESPONDAN?
El organismo tiene un plazo de 15 días hábiles para responder a tu solicitud. En caso de que necesiten más tiempo para recopilar la información solicitada, puede pedir 15 días más de prórroga, lo que te informarán por escrito.
https://www.argentina.gob.ar/aaip/accesoalainformacion/derechos
- RESPONSABLE DE POLÍTICAS DE TRANSPARENCIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CHACO AUSTRAL: Abog. Anahí Belén Cuevas.
Correo electrónico: anahicuevas@uncaus.edu.ar
Teléfono institucional: 1139893283.
El art. 56 del Estatuto de la Universidad Nacional del Chaco Austral prevé la creación del Consejo Social Comunitario, para cumplir con los objetivos de servir a las necesidades de la comunidad y mantener una estrecha relación entre la Universidad y su realidad, integrado por representantes de entidades y personalidades destacadas de la comunidad.
Conforme art. 58 del Estatuto de la universidad, este Consejo está integrado por:
a) Seis (6) representantes elegidos por el Consejo Superior a propuesta de Instituciones de la comunidad.
b) Dos (2) representantes elegidos por el Consejo superior que sean considerados referentes de la comunidad y/o personalidades destacadas. Los integrantes del Consejo Social Comunitario votarán por mayoría a uno de ellos para que los represente con voz y voto en el Consejo Superior. Según art. 57 del estatuto universitario, el Consejo Social Comunitario tiene como finalidad primordial contribuir a:
a) Reconocer y atender las necesidades específicas de la comunidad;
b) Mantener una fluida relación de la Universidad con su Comunidad a través de permanente asesoramiento a las autoridades Universitarias;
c) Favorecer todo tipo de acciones académicas, productivas, de investigación, extensión universitaria y transferencia tecnológica, en acuerdo con distintas organizaciones de la comunidad;
d) Colaborar en la obtención de recursos materiales y económicos destinados a elevar el nivel académico y de gestión de la Universidad;
e) Asesorar a las autoridades universitarias sobre la creación de distintos mecanismos destinados a atender los requerimientos de los aspirantes universitarios provenientes de hogares carenciados;
f) Contribuir a generar convenios para que los estudiantes de la Universidad puedan realizar prácticas, o sistemas de alternancia, con las organizaciones de las pasantías, estadas y comunidad tanto del ámbito municipal como provincial o nacional.
Actualmente, y, para el período 2025-2027, conforme Res. 648/2025-C.S., el Consejo Social Comunitario está integrado por:
1- Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria – Consejo Regional Chaco Formosa (INTA-CR- Chaco- Formosa).
2- Federación Económica del Chaco (FECHACO).
3- Asociación de Productores Forestales del Chaco (APFCH).
4- Círculo de Farmacéuticos de Sáenz Peña.
5- Cámara de Comercio, Producción, Servicio e Industria de Pcia. R. Sáenz Peña.
6- Colegio Médico Gremial del Chaco (CMGCH).
7- Federación de Habla Alemana del Chaco.
8- Federación Argentina del personal superior de la energía eléctrica (FAPSEE).
En fecha 19 de noviembre del año 2025, se eligió como representante del Consejo Social Comunitario en el Consejo Superior al Mgter. Lic. Ariel Rúben Ybarra, representante de la Asociación de Productores Forestales del Chaco (APFCH).



